Se creó el registro del automotor digital

A través de dos resoluciones del Ministerio de Justicia, se estableció el Legajo Digital Único (LDU) y el Certificado Digital Automotor (CDA), así como también se redujeron los costos de la inscripción inicial y transferencia de automotores

Argentina 02 de septiembre de 2024NC-10 SANTA CRUZNC-10 SANTA CRUZ
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Como parte de las reformas anunciadas por el ministro de Desregulación y Modernización del Estado, Federico Sturzenegger, el Gobierno nacional oficializó la creación del registro automotor digital, eliminando las burocracias.

Las reformas se hicieron efectivas mediante las resoluciones 272/2024 y 273/2024, del Ministerio de Justicia, cartera de la que depende el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPAyCP).

De esta manera, el Gobierno creó el Legajo Digital Único (LDU) y el Certificado Digital Automotor (CDA). El primero tiene como finalidad " facilitar un servicio de inscripción abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional, que permita las inscripciones o anotaciones peticionadas por los titulares registrales o por intermediarios autorizados para todo el conjunto de automotores”.

A su vez, este legajo estará compuesto por el CDA, que será provisto por el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA) y un repositorio digital que contendrá las imágenes digitales de todas las Solicitudes Tipo que instrumenten la registración de un trámite generadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la normativa.

“Instrúyese a todos los Encargados de Registros Seccionales para que den ingreso a los trámites peticionados a través de cualquier Solicitud Tipo y procedan con su calificación y posterior inscripción u observación (según corresponda), de acuerdo con la información brindada por el Certificado Digital Automotor (CDA) disponible en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), sin necesidad de requerir su validación previa por parte del Registro Seccional de radicación del automotor”, dispuso el Gobierno.

En ese sentido, eliminaron también los polígonos de la jurisdicción seccional y establecieron una jurisdicción única en todo el territorio nacional, lo que permite la libre elección del Registro Seccional, según los parámetros que fije la Dirección Nacional de los Registros Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos.

De ahora en más, “será obligatorio digitalizar las imágenes de las Solicitudes Tipo recibidas y de integrar las imágenes al repositorio digital de cada legajo”.

En el considerando de la norma, el Ejecutivo alega que “la digitalización de estos instrumentos implica también una mejora sustancial en términos de eficiencia y calidad de las prestaciones de las distintas tramitaciones internas propias del actual funcionamiento del sistema registral, ya que se reducen tiempos y costos relacionados con el envío físico de la documentación y de los Legajos, así como se disminuyen exponencialmente los riesgos de robo o extravío de estos instrumentos, vinculados al traslado que se efectúa a través de los distintos servicios de correos”.

Fuente: Infobae

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